En España, el matrimonio tradicional es sin duda la manera más escogida por las parejas para unirse. En segunda posición, al acecho, se encuentran las uniones de hecho.
Los cambios en la sociedad hacen que cada vez más personas busquen una forma de formalizar sus relaciones sin la necesidad de contraer matrimonio. Os proponemos leer esta entrada de blog para estar informados de en qué consiste ser pareja de hecho.
Primero unas consideraciones previas
Si estáis buscando una legislación nacional que regule la manera de hacerse pareja de hecho en España, no la vais a encontrar. El papel normativo está derivado a las diferentes comunidades autónomas y esto produce variaciones dependiendo de la ciudad en la que la pareja quiera formalizar su relación.
Un ejemplo lo tenemos en el tiempo de convivencia que se exige para hacer la regulación, pues en determinadas comunidades autónomas no es necesario si la pareja ha tenido descendencia.
Es muy importante recordar que las uniones por pareja de hecho tienen derechos parecidos a los conseguidos por el matrimonio pero no son exactamente iguales.
La cuestión es que la ley entiende que la pareja de hecho decide no acogerse al matrimonio y consecuentemente no se le asignan los mismos derechos y obligaciones. En este sentido, los dos tipos de uniones tienen consecuencias diferentes.
¿Cómo se registra una pareja de hecho?
Seguimos con las diferencias según la comunidad autónoma en la que se quiera registrar la pareja de hecho.
Sólo algunas tienen un organismo específico que permite a las parejas realizar un registro de forma sencilla. Los datos y documentos que solicitan variarán pero en resumen son los siguientes:
- DNI o NIE.
- Libro de familia de los componentes de la pareja.
- Un documento que confirme el periodo de tiempo mínimo exigido de convivencia de la pareja.
- Documento que acredite el divorcio o nulidad en el caso de que alguno de los miembros de la pareja hubiera contraído matrimonio con anterioridad.
En el caso de que la pareja hubiera redactado un documento que especifique el régimen económico escogido, también puede registrarlo aunque no es algo imprescindible. Eso sí, puede tener una gran utilidad si se produce el fallecimiento de uno de sus miembros o la ruptura de la pareja.
Siempre es práctico poner por escrito las voluntades respecto a los bienes conseguidos durante el tiempo que ha durado la relación.
Pareja de hecho ante notario
Una opción muy interesante para registrarse como pareja de hecho es hacerlo mediante un notario que elaborará una escritura pública con la voluntad de todas las partes de constituir una pareja de esta forma.
Asimismo, en el proceso de elaboración del documento, el notario comunicará, entre otras, la capacidad de especificar la regulación de la trayectoria económica, así como los temas relacionados con la herencia.
Para poder registrarse como pareja de hecho, los notarios se cerciorarán de que se cumplan los siguientes parámetros:
- Los miembros de la pareja han de ser mayores de edad o estar emancipados, no pueden haber contraído matrimonio ni ser la pareja de un tercero.
- Se exigirá que, como mínimo, uno de los miembros de la pareja esté empadronado en la comunidad autónoma en la que se realizará la redacción de la declaración formal como pareja de hecho.
- Para finalizar, la manifestación del compromiso contraído se ha de hacer público.
¿Cómo se realiza la disolución de una pareja de hecho?
Igual que está facultado para redactar en escritura pública la formación de una pareja de hecho, el notario también puede realizar la disolución de la misma. Si la ruptura está acordada por las dos partes de la pareja, tan solo tendrán que trasladarse a la notaría para ratificarla.
En el documento se especificarán los acuerdos tomados por las partes y sus consecuencias.
En el caso de que no hubiera un acuerdo de separación, determinadas comunidades autónomas permiten dar constancia de la ruptura si una de las partes lo solicita.
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